Las filiales que pueden ser anónimas o limitadas son sociedades de naturaleza mercantil dedicada a la explotación de una actividad económica con capital propio. Cuyo capital minimo es de 60.102 € en caso de ser anónima y un mínimo de 3.006 € en caso de ser limitada.
En cambio una sucursal es un establecimiento dotado de representación permanente y de cierta autonomía de gestión, a través del cual se desarrollan las actividades de la sociedad matriz. Carente de personalidad jurídica independiente de la de su matriz. Que no exige capital minimo para su creación